Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2016

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160218-38

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LOZOYA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Lozoya. Régimen económico. Presupuesto 2016

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 11 de diciembre de 2015, aprobó inicialmente el presupuesto ordinario general de la Corporación para el ejercicio 2016.

Dicho expediente ha permanecido expuesto al público durante quince días hábiles en las dependencias de la Secretaría-Intervención Municipal, habiéndose publicado anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 9, de 12 de enero de 2016, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Durante el período de exposición pública indicado no se ha registrado alegación y/o reclamación alguna contra la aprobación del citado expediente, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se eleva a dicho acuerdo de aprobación a definitivo.

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en los artículos 20.3 del referido Real Decreto 500/1990, del 20 de abril, y 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Local, se hace pública la aprobación definitiva del expediente del presupuesto general ordinario de este Ayuntamiento para el ejercicio 2016, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:



Asimismo, y de conformidad con el artículo 90 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se publica anexo relativo a la plantilla del personal aprobada para el ejercicio 2015, y que aparece dotada en el presupuesto de la Corporación para el mismo ejercicio.

ANEXO I

PLANTILLA Y RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE ESTA CORPORACIÓN, APROBADO JUNTO CON EL PRESUPUESTO PARA 2016



Lo que se hace público para general conocimiento y efectos procedentes, significándose que contra la aprobación definitiva del mismo, y a tenor de lo establecido en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.

En Lozoya, a 3 de febrero de 2016.—El alcalde, José Manuel Jiménez Serna.

(03/4.682/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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