Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160218-53

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 2

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Fuenlabrada número 2. Procedimiento 42 de 2013

EDICTO

Doña Silvia Álvarez Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 42 de 2013, instados por la procuradora doña Ana María Valdazo Drago, en nombre y representación de doña Dairis Librada Santana Carvajal, contra don Alexis Alesancer Gullot Jiménez, en los que se ha dictado en fecha 9 de octubre de 2013 la siguiente resolución:

Sentencia 199 de 2013

En Fuenlabrada, a 9 de octubre de 2013.—Vistos por don Pedro José Puerta Lanzón, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada y su partido judicial, los autos de juicio verbal especial número 42 de 2013, seguidos a instancias de doña Dairis Librada Santana Carvajal, representada por la procuradora señora Valdazo y defendida por el letrado señor Del Río, contra don Alexis Alesancer Gullot Jiménez, en rebeldía, en materia de medidas paterno-filiales, con intervención del ministerio fiscal.

Fallo

Estimo en parte la demanda presentada por doña Dairis Librada Santana Carvajal, representada por la procuradora señora Valdazo, contra don Alexis Alesancer Gullot Jiménez, en rebeldía, con intervención del ministerio fiscal.

Se acuerdan las siguientes medidas:

1. La patria potestad se ejercerá exclusivamente por la madre durante la ausencia del padre.

2. La atribución de la guarda y custodia del hijo menor a la madre. Se atribuye el domicilio familiar al hijo y a la madre.

3. No procede fijar régimen de visitas.

4. No procede fijar pensión alimenticia a cargo del padre y a favor del hijo.

No se hace especial pronunciamiento en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, contra la misma puede interponerse recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID al demandado don Alexis Alesancer Gullot Jiménez de la presente resolución, por encontrarse dicho demandado en paradero desconocido.

En Fuenlabrada, a 12 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.452/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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