Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2016

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160216-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 8 de febrero de 2016 (punto FOD número 7), por el que se convocan las subvenciones destinadas a la colaboración de entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de la Concejalía de Juventud, correspondientes al año 2016. BDNS 301206.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Beneficiarios.—Son beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones y/o secciones juveniles, quedando excluidas de esta convocatoria aquellas vinculadas a partidos políticos.

Los solicitantes deberán estar inscritos en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con al menos dos años de antigüedad con carácter general, desde la fecha de aprobación de las bases de la convocatoria por la Junta de Gobierno Local, y tener justificada la subvención concedida en el ejercicio anterior.

Al menos el 50 por 100 de sus miembros han de estar empadronados en Torrejón de Ardoz.

Segundo. Objeto.—Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de subvenciones la definición de los criterios y la regulación del procedimiento aplicable para la conexión de subvenciones en el municipio de Torrejón de Ardoz, de acuerdo con el régimen jurídico definido en la Ley General de Subvenciones, aprobada por Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Serán susceptibles de subvención los proyectos que estén relacionados con el Área de Juventud, especialmente aquellos que estén encaminados a la promoción de la participación juvenil, acceso a la información, a la formación y al empleo, protección del medioambiente, promoción de la cultura y del arte, atención a colectivos desfavorecidos o en riesgo de exclusión social, y que potencien el uso y disfrute del ocio y tiempo libre de forma responsable y saludable.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, y que se pueden consultar en la web del Ayuntamiento http://www.ayto-torrejon.es/intranet/MiPaginaDescar gas/376_Ordenanza%20reguladora%20para%20la%20concesión%20de%20subvenciones.pdf

Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con cargo a la partida presupuestaria 050-3341-48000, denominada “Subvenciones Juventud”, del vigente presupuesto para el año 2016, destinará un máximo de 7.500,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes y documentación en el Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz tiene lugar del 8 al 29 de febrero de 2016 (ambos inclusive).

Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia no competitiva.

El plazo de ejecución de los programas presentados para su subvención será hasta el 31 de diciembre de 2016.

El plazo para la justificación de la subvención será hasta el 31 de enero de 2017 inclusive.

Torrejón de Ardoz, a 15 de febrero de 2016.—El alcalde-presidente, Ignacio Vázquez Casavilla.

(03/5.788/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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