Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160216-125

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

125
Madrid número 17. Procedimiento 821 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Cristina Oro-Pulido Miguel, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 821 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Adrián Delgado Laín, frente a “Limpiezas Industriales Pocisán, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la sentencia número 308 de 2015, de fecha 6 de octubre de 2015, que en su parte dispositiva dice:

Fallo

Debo estimar y estimo la demanda formulada por don Jorge Adrián Delgado Laín, contra la entidad “Limpiezas Industriales Pocisán, Sociedad Limitada”, y en consecuencia:

Declaro improcedente el despido con efectos desde el día 8 de junio de 2015.

Condeno a la mercantil demandada “Limpiezas Industriales Pocisán, Sociedad Limitada”, a que, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución, opte, comunicándoselo a este Juzgado, bien por la readmisión de don Jorge Adrián Delgado Laín en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido y el abono de los salarios de tramitación desde el día 8 de junio de 2015 hasta la fecha de notificación de la presente resolución, a razón de 44,43 euros diarios, bien por el abono de indemnización por importe de 122,18 euros.

Debo condenar y condeno a la empresa “Limpiezas Industriales Pocisán, Sociedad Limitada”, al pago a don Jorge Adrián Delgado Laín de la cantidad de 673,86 euros por los conceptos especificados en el hecho probado segundo de la presente resolución, que devengará el 10 por 100 de interés por mora respecto a los conceptos salariales reclamados.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se advierte de que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.

Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social pretenda formular recurso, deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena en la cuenta IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274 con el número 2515/0000/61/0821/15 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo, haciendo constar en el ingreso el número de expediente, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, el que no goce del beneficio de justicia gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 300,00 euros en esa misma cuenta bancaria.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Limpiezas Industriales Pocisán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.777/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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