Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2016

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160216-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

44
Fuenlabrada. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Siendo preceptiva su publicación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se da publicidad al decreto de Alcaldía-Presidencia registrado 101/2016, de 1 de febrero, de delegación temporal de funciones por motivo de la ausencia de una concejala, según se transcribe:

“En Fuenlabrada, por don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se ha dictado el siguiente decreto:

Resultando que, a través de decretos de esta Alcaldía de 15 y 16 de junio de 2015, se procedió a delegar en doña Carmen Bonilla Martínez competencias, tanto genéricas en materia de bienestar social como específicas en materia de reconocimiento de las obligaciones de las cuantías de las prestaciones sociales recogidas en la ordenanza municipal reguladora del derecho y concesión de prestaciones sociales individuales de carácter económico o material del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Resultando que en fecha 15 de junio de 2015 se nombró a don Francisco Javier Ayala Ortega como primer teniente de alcalde del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Resultando que doña Carmen Bonilla Martínez, a fecha actual, se encuentra de baja médica, lo cual supone un agravio para la gestión municipal diaria en las diferentes delegaciones de su competencia.

Considerando lo establecido por el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en aplicación del Régimen de Organización de los Municipios de Gran Población, el alcalde, para un mejor funcionamiento de la gestión municipal, podrá delegar en los demás concejales, mediante decreto, las competencias del artículo 124.4, excepto los apartados b), e), h) y j).

Considerando que el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales señala que el alcalde puede delegar sus atribuciones, salvo las mencionadas en los artículos 21.3 y 71 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la gestión de asuntos determinados.

Es por todo ello, y en virtud de la legislación vigente, que vengo en resolver:

Primero.—Delegar en el concejal primer teniente de alcalde, don Francisco Javier Ayala Ortega, de forma temporal mientras dure la baja médica que padece doña Carmen Bonilla Martínez, las competencias tanto genéricas en materia de bienestar social como específicas en materia de reconocimiento de las obligaciones de las cuantías de las prestaciones sociales recogidas en la ordenanza municipal reguladora del derecho y concesión de prestaciones sociales individuales de carácter económico o material del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Segundo.—Notificar la presente resolución a los interesados.

Tercero.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Fuenlabrada, a 2 de febrero de 2016.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.

(03/4.137/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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