Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160216-32

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Disolución de la Junta de Compensación

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en la sesión celebrada el día 14 de enero de 2016 y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2014/10220, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 19.07, “La Cuqueña”, por haber cumplido con las obligaciones urbanísticas establecidas legal y estatutariamente, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 10.3 de la Ley 4/1984, de 10 de febrero, sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la Comunidad de Madrid, de aplicación según lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid; el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto; los artículos 41.2 y 43 de los Estatutos de la Junta de Compensación, y en base al informe de la Subdirección General de Gestión Urbanística de 14 de diciembre de 2015, y sin perjuicio de las actuaciones de liquidación posteriores que le corresponda efectuar al Consejo Rector de la Junta de Compensación, de conformidad con el artículo 42 de los Estatutos de dicha Junta.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación, todo ello según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 4/1984, de 10 de febrero, sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Elevar el presente acuerdo al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid, para su inscripción, de acuerdo con lo establecido en el artículo 164 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado según lo dispuesto en el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en su redacción introducida por la Ley 4/1999 de modificación de la Ley 30/1992), o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

En Madrid, a 21 de enero de 2016.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

(02/3.174/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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