Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160213-12

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

12
Madrid número 4. Ejecución 235 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 235 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Pérez García, frente a “Efinergy Ingeniería y Rehabilitación, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 18 de enero de 2016.—Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación al caso de autos,

Dispongo: Que procede decretar la extinción de la relación laboral de don Fernando Pérez García con la empresa “Efinergy Ingeniería y Rehabilitación, Sociedad Limitada”, en la fecha de la presente resolución por no readmisión del mismo, condenando a la citada empresa al abono en concepto de indemnización de la suma de 20.739,90 euros, así como al abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la presente resolución, si bien con descuento de los salarios percibidos por el actor por su prestación de servicios en otra empresa, conforme se acrediten por el actor aportando las nóminas correspondientes, en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los tres días siguientes a la notificación de esta resolución.

Así por este mi auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Efinergy Ingeniería y Rehabilitación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.831/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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