Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160212-200

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

200
Madrid número 33. Procedimiento 967 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 967 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Tomás Casanova, Sociedad Limitada”, frente a doña Daniela Vasile, don Marzok Abdelkader Mokhtar, don Mauricio Gerardo Gonza Gonzaga, doña Rumina Adriana Morai Pereira y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la sentencia número 10 de 2016, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Estimo parcialmente la demanda formulada por la mercantil “Tomás Casanova, Sociedad Limitada”, revoco parcialmente la sanción impuesta por resolución de la Dirección Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 27 de febrero de 2015 dejando fijada su cuantía en la suma de 12.504 euros.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Marzok Abdelkader Mokhtar, don Mauricio Gerardo Gonza Gonzaga, doña Rumina Adriana Morai Pereira y doña Daniela Vasile, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.383/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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