Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160212-134

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

134
Madrid número 1. Procedimiento 1.536 de 2009

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.536 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álvaro Cerrada Gamero y don Francisco José Cerrada Gamero, frente a don Luis Palomeque Gijón, don Pedro Martínez Otero, doña Raquel Martínez Otero, “Incoser Inversiones Construcciones y Servicios, Sociedad Limitada”, “Pando Gestión de Negocios, Sociedad Limitada”, y “Proyectos y Construcciones Seadur, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 22 de diciembre de 2015.

Por recibido el anterior escrito, únase a los autos de su razón. Dese traslado de copia de lo presentado a la parte demandada, y constando consignada en la cuenta del Juzgado la cantidad de 51.982,93 euros y siendo esta insuficiente para cubrir las indemnizaciones y los salarios de tramitación de los demandantes. Se requiere a la parte demandada para que en el plazo de cuatro días hábiles ingrese en la cuenta del Juzgado la cantidad que falta por satisfacer y que asciende a la suma de 139.369,40 euros, bajo apercibimiento de que de no hacerlo se procederá a la vía de apremio abriéndose la ejecución correspondiente.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 22 de diciembre de 2015.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en el día de la fecha ha sido devuelto por Correos la citación remitida a la demandada “Pando Gestión de Negocios, Sociedad Limitada”, en el domicilio facilitado en la demanda. Asimismo, se hace constar que dicho domicilio coincide con el que consta en la base de datos del Registro Mercantil.—Doy fe.

Diligencia de ordenación la letrada de la Administración de Justicia, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 28 de diciembre de 2015.

Visto el contenido de la anterior diligencia, únase la carta certificada, y se acuerda la consulta de las bases de datos a través del Punto Neutro Judicial para localizar nuevo domicilio y con el resultado de la consulta practicada, la citación de la demandada a través de Servicio Común de Notificaciones y Embargos. Sin perjuicio de ello, publíquense preventivamente edictos para la citación a la demandada, fijándose en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo, conforme a lo ordenado en el artículo 23 de la Ley, cítese al Fondo de Garantía Salarial para que pueda comparecer como parte, dándole traslado de la demanda.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pando Gestión de Negocios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.399/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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