Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2016

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160212-77

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

77
Griñón. Organización y funcionamiento. Reestructuración Concejalías

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 44.2 del Real Decreto 2568-1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público, para general conocimiento, que el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Griñón ha dictado decreto 138, de fecha 28 de enero de 2016, que se transcribe literalmente a continuación:

“Primero.—Modificar el decreto de Alcaldía 963, de 23 de junio de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 165, de 14 de julio de 2015), por el que se conferían delegaciones genéricas, de estructuración del Gobierno Municipal, en los términos del artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en los apartados primero y segundo, nombrando a los siguientes miembros de la Corporación:

— Doña María Antonia Díaz Garrido, concejala-delegada de Hacienda, Contratación, Cultura Mujer, Régimen Interior y Coordinación Interna.

— Don Fernando Tejero García, concejal-delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Formación, Empleo, Comercio, Industria y Transportes.

— Doña María Inés Bermejo Soleto, concejala-delegada de Obras Públicas, Personal, Recursos Humanos y Mayores.

— Doña Marta Beatriz Casillas Catalán, concejala-delegada de seguridad y Tráfico, Policía Local, Protección Civil, Nuevas Tecnologías y Comunicación.

— Don José María Amor Núñez, concejal-delegado de Fiestas, Juventud y Deportes, Ocio y Tiempo Libre.

— Don Fernando Navarro Corcho, concejal-delegado de Servicios Sociales, Turismo y Participación Ciudadana.

— Don Miguel Pereda Navarro, concejal-delegado de Educación, Sanidad y Relaciones Institucionales.

En caso de ausencia, vacante o enfermedad o cualquier otro impedimento de los/as concejales/as-delegados/as, la Alcaldía asumirá directa y automáticamente las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de nueva resolución expresa en este sentido.

Segundo.—Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.

Tercero.—Las delegaciones efectuadas abarcan las facultades de dirección, organización interna, gestión, inspección e impulso del servicio correspondiente, no incluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en los términos previstos en el artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Cuarto.—Conforme a lo dispuesto en el 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente decreto a los concejales/as afectados.

Quinto.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa en contrario en el plazo de veinticuatro horas siguientes a su notificación o se hace uso de la delegación.

Sexto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación, a efectos de conocimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y remitir dicha Resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación; igualmente, publicar la Resolución en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el Alcalde”.

En Griñón, a 1 de febrero de 2016.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.

(03/3.780/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160212-77