Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
10-02-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160210-130

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

130
Madrid número 21. Ejecución 220 de 2015-M

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Silvia Valdés González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 220 de 2015-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrei Constant Anitel, don Daniel Mohorea, don Gheorghe Ciprian, don Marius Bogdan Anitei y don Neculai Iulian Resu, frente a “Construcciones Deportivas Nevaper, Sociedad Limitada Laboral”, sobre despido, se ha dictado en fecha 30 de septiembre de 2015 auto de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 15 de enero de 2015 dictada en el presente procedimiento, a favor de la parte ejecutante don Daniel Mohorea, don Neculai Iulian Resu, don Andrei Constant Anitei, don Marius Bogdan Anitei y don Gheorghe Ciprian, frente a la demandada “Construcciones Deportivas Nevaper, Sociedad Limitada Laboral”, parte ejecutada, por un principal de 71.796,10 euros, de los que corresponden a cada uno de los ejecutantes las cantidades siguientes:

A don Daniel Mohorea: 13.488,92 euros.

A don Neculai Iulian Resu: 11.886,88 euros.

A don Andrei Constant Anitei: 18.307,26 euros.

A don Marius Bogdan Anitei: 17.510,79 euros.

A don Gheorghe Ciprian: 10.602,25 euros.

Más 3.948,78 euros y 7.179,61 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2519/0000/64/0220/15.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Elena Burgos Herrera.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Deportivas Nevaper, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 12 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/2.056/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160210-130