Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
08-02-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160208-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

149
Madrid número 39. Procedimiento 1.114 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Leonor González Mosqueira, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.114 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Ana Lasso Santa-Fe y doña Mariana Etelvina Lucero Lucero, frente a “Flor Baja Uno, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial y don Antonio Robles Camacho, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimando la demanda presentada por doña Mariana Etelvina Lucero Lucero y doña María Ana Lasso Santa-Fe, frente a la empresa “Flor Baja Uno, Sociedad Anónima”, don Antonio Robles Camacho (en su condición de administrador concursal de la citada mercantil), y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fueron objeto las actoras el día 31 de julio de 2013 y resuelto el contrato de trabajo que unía a las partes con efectos de la fecha de esta resolución, condenando a la empresa demandada a que abone a las demandantes la cantidad de 9.298,57 euros a doña Mariana Etelvina Lucero Lucero y 9.690,20 euros a doña María Ana Lasso Santa-Fe, en concepto de indemnización legal.

Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo y con las formalidades que se establecen en el texto refundido de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Flor Baja Uno, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/1.647/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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