Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 22

Fecha del Boletín 
27-01-2016

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160127-36

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PUENTES VIEJAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

36
Puentes Viejas. Régimen económico. Presupuesto general 2016

Transcurrido el período de información pública del acuerdo de este Ayuntamiento de 30 de noviembre de 2015, por el que se aprobaba el presupuesto económico de la Corporación del ejercicio 2016, sus bases de ejecución y plantilla de personal, sin que se hayan presentado reclamaciones, se entiende definitivamente aprobado; lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:



Plantilla de personal

Personal funcionario:

— Puesto: Secretaría-Intervención.

Nivel CD: 26.

Plazas: 1

— Puesto: auxiliares administrativos.

Nivel CD: 18.

Plazas: 2.

Personal laboral:

— Puesto: técnico de Cultura y TIC.

Plazas: 1.

— Puesto: agente de Empleo y Desarrollo Local.

Plazas: 1 (jornada 50 por 100).

— Puesto: profesora de Escuela de Adultos.

Plazas: 1 (1/3 jornada).

— Puesto: operario.

Plazas: 3.

— Puesto: limpieza de dependencias municipales.

Plazas: 1.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Puentes Viejas, a 7 de enero de 2016.—El alcalde, Gabriel Ramírez Sanz.

(03/1.385/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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