Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160121-251

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

251
Madrid número 38. Procedimiento 206 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 206 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Loreta Montealegre Cunot, doña Natalia Marquina Ávalos, doña Nilda Rosa Quevedo Zavala, doña Remedios Natividad Eda y doña Rosalba Gómez Sánchez, frente a don José Luis Muñoz Izquierdo, “Arenal Pizza Spain, Sociedad Limitada”, “Esprofin Asesores, Sociedad Limitada”, “Osrasolarso, Sociedad Limitada”, “Pespejo, Sociedad Anónima”, “Pizza Marzano, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “Promociones Silbery, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado auto de fecha 15 de diciembre de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistidas a la parte demandante doña Nilda Rosa Quevedo Zavala, doña Rosalba Gómez Sánchez, doña Natalia Marquina Ávalos, doña Loreta Montealegre Cunot y doña Remedios Natividad Eda de la acción ejercitada en este procedimiento con respecto a la parte codemandada “Pizza Marzano, Sociedad Anónima Unipersonal”, manteniendo la acción de despido contra el resto de parte demandada.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2708/0000/61/0206/15.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Fernando Lisbona Laguna.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pizza Marzano, Sociedad Anónima Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/229/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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