Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160121-133

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

133
Madrid número 14. Procedimiento ordinario 974 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 974 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Diana Lucía Gelacio Arias, frente a “Yesterday American Diner, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 533 de 2015

En nombre de Su Majestad el Rey.—En Madrid, a 16 de diciembre de 2015.

Vistos por mí, doña Catalina Pérez Noriega, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos derivados de demanda en materia de reclamación de cantidad registrados bajo el número 974 de 2014, promovidos a instancias de doña Diana Lucía Gelacio Arias, defendida por el letrado don Juan Francisco Sánchez Alcobendas, contra “Yesterday American Diner, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que citados no comparecen.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Diana Lucía Gelacio Arias, contra “Yesterday American Diner, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 2.164,59 euros, más el interés del 10 por 100 por mora sobre los conceptos de naturaleza salarial, tal y como se indica en el fundamento tercero de esta resolución.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que abonará la cantidad objeto de condena hasta el límite legalmente establecido sin hacer extensiva la declaración mora a dicho organismo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, indicando que contra la misma, en atención a la cuantía reclamada, no cabe recurso.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Yesterday American Diner, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.971/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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