Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160121-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

86
Madrid número 5. Ejecución 168 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 151 de 2015, ejecución número 168 de 2015, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Cayetano García, frente a “Escudo Comunicaciones y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 6 de octubre de 2015.

Parte dispositiva:

Se alzan los embargos acordados en la presente ejecución, cancelándose las medidas de garantía adoptadas.

A tal efecto, ofíciese a las entidades bancarias reseñadas en autos comunicando el alzamiento del embargo, quedando sin efecto la retención ordenada.

Líbrese oficio por el medio más rápido posible al Juzgado de lo social número 20 de Madrid, comunicándole el alzamiento del embargo del sobrante.

Levántense los embargos trabados a través de la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Escudo Comunicaciones y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/178/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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