Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2016

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160120-45

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 7

45
Madrid número 7. Juicio de faltas 1.083 de 2015

EDICTO

Doña María Luisa Monreal Hernández, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 7 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.083 de 2015 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 359

En Madrid, a 19 de noviembre de 2015.—La ilustrísima señora doña Susana Trujillano Sánchez, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 7 de Madrid, habiendo visto y oído los autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado al número 1.083 de 2015, contra doña Vasilica Marinela Frumuzache, por falta de hurto.

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña Vasilica Marinela Frumuzache, como responsable en concepto de autora de una falta de hurto intentada, ya definida, a la pena de multa de treinta días, con cuota diaria de 6 euros, esto es, multa de 180 euros, con la responsabilidad personal prevista en el artículo 53 del Código Penal en caso de impago (un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas), así como al abono de las costas de este juicio, si las hubiere.

Se acuerda la entrega definitiva de los productos recuperados a “Primark”.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Vasilica Marinela Frumuzache, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 14 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.753/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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