Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
18-01-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160118-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 10

132
Sevilla número 10. Procedimiento ordinario 1.197 de 2013

EDICTO

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.197 de 2013, a instancias de la parte actora don Manuel Cruz Barca, contra “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre social ordinario, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Fallo

Con estimación de la demanda interpuesta por don Manuel Cruz Barca, contra “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, habiendo sido llamado al procedimiento el Fondo de Garantía Salarial, condeno a la mercantil demandada a satisfacer al actor la suma de 4.724,26 euros, más los intereses por mora ascendentes a 1.188,19 euros. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que, para el supuesto de insolvencia de la empresa, pueda corresponder, dentro de los límites legales, al Fondo de Garantía Salarial.

Contra dicha resolución y de conformidad con el artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Sevilla, anunciándolo, ante este Juzgado, en los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.

Advirtiéndose a la empresa condenada que si recurre deberá acreditar al anunciar el recurso, mediante la presentación del oportuno resguardo, el ingreso, conforme establecen los artículos 229 y 230 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, de la cantidad a la que se le condena en la cuenta número 4029/0000/68/1197/13, abierta a nombre de este Juzgado en el “Banco Santander”, sucursal en la calle José Recuerda Rubio, número 4, de Sevilla, entidad 0030, sucursal 4325, pudiendo sustituirse dicha consignación por aval bancario suficiente que habrá de presentarse junto con el mencionado escrito de anuncio de recurso. Además, deberá la condenada depositar la cantidad de 300 euros en la “Cuenta de consignación”, número 4029/0000/65/1197/13, de la misma entidad 0030 y sucursal 4325.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 11 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.313/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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