Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2016

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160105-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

OTROS ANUNCIOS

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Torrejón de la Calzada. Otros anuncios. Candidatura juez de paz

A los efectos de lo prevenido en el artículo 5 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, los interesados en optar al nombramiento de juez de paz de este municipio podrán presentar instancias en las que manifiesten reunir los requisitos previstos en el artículo 102 de la citada Ley, y no estar incursos en ninguna de las causas de incompatibilidad reguladas en dicha Ley.

Se requiere ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Asimismo, deberán ser residentes en el término municipal de Torrejón de la Calzada, de conformidad con el artículo 17 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, salvo que cuenten con autorización expresa de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El plazo de presentación de instancias es de quince días, a contar desde la fecha de publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dichas instancias se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, pudiendo acompañar cuantos documentos acrediten su trayectoria profesional o méritos.

Torrejón de la Calzada, a 15 de diciembre de 2015.—El alcalde-presidente, Eusebio García Gómez.

(03/37.026/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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