Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
04-01-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160104-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3

79
Parla número 3. Juicio de faltas 441 de 2014

EDICTO

Doña Trinidad Sánchez Ramos, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 3 de Parla.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 441 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Parla, a 8 de abril de 2015.—Vistos por mí, doña Aurora de Blas Hernández, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Parla, los presentes autos de juicio de faltas número 441 de 2014, por presunta falta de lesiones, entre partes: denunciante, don Adolfo Lizana Carro, en representación de su hijo Lucas Lizana Cobo, y denunciado, don Wu Guifa, habiendo sido parte el ministerio fiscal, en el ejercicio de la acción pública.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Wu Guifa, como autor de una falta del artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con imposición de las costas del juicio, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas que podrá cumplirse mediante localización permanente, y a que indemnice al representante legal del menor con la suma de 150 euros.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid dentro de los cinco días siguientes al de su notificación.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Wu Guifa, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 23 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.935/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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