Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
04-01-2016

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160104-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Vigésima Primera. Recurso 220 de 2014

Sección Vigésima Primera

EDICTO

Tribunal que lo dicta: Sección Vigésima Primera de la Audiencia Provincial de Madrid.

Recurso de apelación número 220 de 2014.

Parte demandante: don José Luis Berlanga Laguna.

Parte demandada: don David Cuéllar Andreu, doña Carmen Blanco Díaz y doña María de las Mercedes Berlanga Blanco.

Sobre: nulidad.

En virtud de lo acordado en el recurso de apelación número 220 de 2014, que se tramita en este Tribunal, interpuesto por don José Luis Berlanga Laguna, frente a don David Cuéllar Andreu, doña Carmen Blanco Díaz y doña María de las Mercedes Berlanga Blanco, sobre nulidad, por no ser conocido el domicilio o en ignorado paradero la parte apelada, por resolución de 11 de diciembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de anuncios de esta Sección, para llevar a efecto la notificación de la parte dispositiva de la sentencia que es del tenor literal siguiente:

Fallamos

En virtud de lo expuesto, el Tribunal ha decidido desestimar el recurso de apelación interpuesto por la representación del demandante don José Luis Berlanga Laguna, contra la sentencia dictada por la ilustrísima señora magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid, el 17 de diciembre de 2012, que se confirma imponiéndole a la parte apelante las costas de esta alzada.

Contra la presente resolución cabe el recurso de casación por interés casacional y/o extraordinario por infracción procesal, en los términos previstos en el artículo 469 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con la disposición final decimosexta de la misma, a a interponer en el plazo de veinte días ante este Tribunal y del que conocerá la Sala Primera del Tribunal Supremo.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de edicto de notificación a doña Carmen Blanco Díaz y doña María de las Mercedes Berlanga Blanco, que se encuentran incomparecidas y de conformidad con lo establecido en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para lo cual publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.192/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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