Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160102-3

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 1

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Coslada número 1. Procedimiento 152 de 2012

EDICTO

En el procedimiento de modificación de medidas supuesto contencioso número 152 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la procuradora doña María del Mar Martínez Bueno, en nombre y representación de doña Erika Claudia Auza Ordóñez, contra el demandado don Richard Eduardo Crespo Palacios, debo declarar y declaro haber lugar a la modificación de las medidas adoptadas en la sentencia de divorcio, de fecha 20 de mayo de 2013, en el sentido de atribuir el ejercicio exclusivo de la patria potestad de la menor Sophie Vivian Crespo Auza, a su madre doña Erika Auza Ordóñez, acordando lo necesario para su inscripción en el Registro Civil correspondiente.

Todo ello sin expresa imposición de las costas procesales causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, el cual deberá presentarse ante dicho tribunal en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164, en concordancia con el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Richard Eduardo Crespo Palacios, quien se encuentra en paradero desconocido, a los fines legales oportunos.

En Coslada, a 16 de noviembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.594/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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