Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
17-12-2015

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151217-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

48
Cercedilla. Régimen económico. Anulación de obligaciones

Conforme a lo previsto en la disposición adicional cuarta de las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Cercedilla, en relación a cantidades correspondientes a acreedores que figuran en las “Relaciones de presupuestos cerrados” que deban darse de baja de la contabilidad municipal, por prescripción o cuyo reconocimiento se deba a errores de contraído o defectos de contabilización semejantes, y visto el acuerdo plenario de 3 de diciembre de 2015, se expone en el tablón de anuncios municipal la relación de deudas que procederán a darse de baja, por plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, período durante el cual los acreedores podrán hacer valer sus derechos formulando, ante el Registro General Municipal, las reclamaciones de deuda correspondientes, acompañando la documentación oportuna y justificando en su caso la interrupción de los plazos de prescripción previstos en el artículo 25.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Cercedilla, a 4 de diciembre de 2015.—El alcalde-presidente, Luis Miguel Peña Fernández.

(03/35.654/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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