Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
14-12-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151214-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

36
Arganda del Rey. Régimen económico. Resolución convocatoria ayudas sociales extraordinarias

Mediante resolución 2015006207, de 1 de diciembre de 2015, se ha resuelto la convocatoria de ayudas sociales extraordinarias dirigidas a vecinos y vecinas de Arganda del Rey con escasos recursos para colaborar en sus gastos por vivienda habitual, de 27 de marzo de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril de 2015), en el marco de lo previsto en la ordenanza general reguladora de subvenciones que se conceden por el Ayuntamiento de Arganda del Rey, de 29 de abril de 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de mayo de 2014).

El texto íntegro de la misma, así como los listados de personas beneficiarias (anexo I) y denegaciones (anexo II), se encuentran expuestos en los tablones de anuncios municipales y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Arganda del Rey (https://sedeelectronica.ayto-arganda.es), a los efectos de notificación previstos en las bases de la convocatoria y en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra la misma podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Ayuntamiento de Arganda del Rey en el plazo de un mes, o bien, interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la Comunidad de Madrid.

En Arganda del Rey, a 1 de diciembre de 2015.—El concejal-delegado de Bienestar Social, Mayores, Infancia y Juventud, Francisco Javier Rodríguez Gallego.

(03/36.191/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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