Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296
Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151214-6
Páginas: 32
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS
Mediante Orden de 19 de febrero de 2015, de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid y se convocaron subvenciones para el año 2015.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6.2 y 17 de la mencionada Orden, esta Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras,
HA DISPUESTO
Primero
Aprobar la relación parcial de beneficiarios de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2015 mediante Orden de 19 de febrero de 2015, que estando incluidos en el listado definitivo de solicitantes admitidos, aprobado mediante Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de fecha 17 de septiembre de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de septiembre de 2015), han presentado correctamente los recibos acreditativos del pago de la renta mensual conforme a lo dispuesto en los artículos 6.2 y 7.1 de la Orden de 19 de febrero de 2015 y cumplen los requisitos para tener derecho a la subvención establecidos en los artículos 2 y 12 de la misma.
En Anexo a la presente Orden se establece la relación de beneficiarios con indicación del número de orden de prelación obtenido conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Orden de 19 de febrero de 2015, número de expediente de solicitud de ayuda, nombre y apellidos, DNI/permiso de residencia y cuantía máxima anual de la subvención a percibir.
Segundo
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructura, en el plazo de un mes o, directamente, el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 3 de diciembre de 2015.—El Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, PD (Orden de 20 de julio de 2015), el Director General de Vivienda y Rehabilitación, José María García Gómez.
(03/35.898/15)

