Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
14-12-2015

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151214-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

67
Castilla y León. Burgos. Sala de lo Social. Sección Primera. Recurso 399 de 2014

SALA DE LO SOCIAL

Sección Primera

EDICTO

Doña Margarita Carrero Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos.

Hace saber: Que en el recurso de suplicación número 399 de 2014 de esta Sala que trae su causa de los autos número 145 de 2013 del Juzgado de lo social número 1 de Burgos, seguido a instancias de don Ángel González Andrés, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y otros, sobre cantidad, ha dictado diligencia de ordenación del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Margarita Carrero Rodríguez.—En Burgos, a 11 de noviembre de 2015.

Habiendo sido devueltas en el día de hoy por la Sala de lo social del Tribunal Supremo las actuaciones remitidas en su día, en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina, así como certificación de la resolución dictada por la misma, notifíquese dicha resolución a las partes no personadas ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, conforme a lo solicitado por la misma.

Cúmplase lo ordenado en la comunicación de remisión conforme a lo dispuesto en el artículo 201.2 de la Ley de la Jurisdicción Social y Procedimiento Laboral y remítanse las actuaciones al Juzgado de lo social con certificación de la resolución dictada por el Tribunal Supremo.

Así lo ordena y firma.

Haciendo saber a la parte aludida que el Tribunal Supremo en su auto de fecha 16 de junio de 2015, acuerda: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado don Antonio Solana Fernández, en nombre y representación de don Ángel González Andrés, contra la sentencia dictada por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, de fecha 24 de junio de 2014, en el recurso de suplicación número 399 de 2014, interpuesto por don Ángel González Andrés frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 1 de Burgos de fecha 24 de febrero de 2013, en el procedimiento número 1.457 de 2013, seguido a instancias de don Ángel González Andrés, contra “Ombuds, Compañía de Seguridad, Sociedad Anónima”, “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, Centro Militar de Farmacia de la Defensa de Burgos y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, sin interposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia, con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, expido la presente en Burgos, a 11 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.126/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151214-67