Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
09-12-2015

Sección 2.111.40.2: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151209-31

Páginas: 4


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Delegación Especial de Madrid

Dependencia Regional de Recaudación

31
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Anuncio de subasta

Subasta número: S2016R2886001003.

Se hace saber: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se dictaron acuerdos con fecha 5 de octubre de 2015 decretando la enajenación mediante subasta de los bienes que se detallan en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio como anexo 1. La subasta se celebrará el día 13 de enero de 2016, a las diez horas, en la Delegación Especial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Madrid, calle Guzmán el Bueno, número 139.

En cumplimiento del citado artículo, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen participar en la subasta de lo siguiente:

Primero.—Los bienes a subastar están afectos por las cargas y gravámenes que figuran en su descripción, y que constan en el expediente, las cuales quedarán subsistentes sin que pueda aplicarse a su extinción el precio de remate.

Segundo.—La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, si se realiza el pago del importe de la deuda no ingresada, los intereses que se hayan devengado o se devenguen hasta la fecha del ingreso en el Tesoro, los recargos del período ejecutivo y las costas del procedimiento de apremio.

Tercero.—Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de subasta hasta una hora antes del comienzo de esta, sin perjuicio de que puedan participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas, serán presentadas en el Registro General de la oficina donde se celebre la subasta, haciéndose constar en el exterior del sobre los datos identificativos de la misma. En el sobre se incluirán, además de la oferta y el depósito constituido conforme al punto cuarto, los datos correspondientes al nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio del licitador.

Los licitadores podrán participar en la subasta por vía telemática presentando ofertas y/o realizando pujas automáticas, a través de la página web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de mayo de 2002), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regula la participación por vía telemática en procedimientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación.

Cuarto.—Todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de Subasta con anterioridad a su celebración un depósito del 20 por 100 del tipo de subasta en primera licitación, excepto para aquellos lotes en los que se hubiese acordado un porcentaje menor, que en ningún caso será inferior al 10 por 100. El importe del depósito para cada uno de los lotes está determinado en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio.

El depósito deberá constituirse mediante cheque que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 35.1 del Reglamento General de Recaudación o por vía telemática, a través de una entidad colaboradora adherida a este sistema que asignará un número de referencia completo (NRC) que permita su identificación, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de mayo de 2002), del director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si los adjudicatarios no satisfacen el precio de remate, este depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por los perjuicios que origine esta falta de pago.

Quinto.—En caso de que no resulten adjudicados los bienes en una primera licitación, la Mesa de Subasta podrá acordar la celebración de una segunda licitación, si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta en el 75 por 100 del tipo de subasta en primera licitación, o bien, anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa que se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación.

Sexto.—El adjudicatario deberá ingresar en la fecha de la adjudicación, o dentro de los quince días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.

El ingreso podrá realizarse en bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito, en las que no es preciso tener cuenta abierta. También puede realizar el pago mediante adeudo en su cuenta corriente, a través de Internet en la dirección es www.agenciatributaria.es, en la opción: Sede Electrónica-Procedimientos, servicios y trámites-Tramites Destacados. Pagar Impuestos. Para realizar el pago a través de Internet es necesario disponer de un sistema de firma electrónica de los admitidos por la Agencia Tributaria.

Asimismo, si lo solicita a la Mesa de Subasta en el acto de adjudicación, el adjudicatario podrá realizar el ingreso del importe total del precio de adjudicación, en cuyo caso, una vez comprobado el ingreso, se procederá por la Agencia Tributaria a levantar la retención realizada sobre el depósito constituido por el adjudicatario.

Séptimo.—Cuando en la licitación no se hubiera cubierto la deuda y quedasen bienes sin adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa.

Las ofertas se podrán presentar en el plazo en que a tales efectos comunique la Mesa de Subasta. Se deberán presentar en sobre cerrado en el Registro General de la oficina donde se haya celebrado la subasta y deberán ir acompañadas, en su caso, del depósito.

Asimismo, se podrán presentar ofertas a través de la página web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de mayo de 2002), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regula la participación por vía telemática en procedimientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación.

Transcurrido el plazo señalado por la Mesa de Subastas, se abrirán por la misma las ofertas presentadas, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente en ese momento. En caso contrario, se anunciará la extensión del plazo para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento, y así sucesivamente con el límite total de seis meses.

El precio mínimo de adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación; si hubiera existido segunda licitación, no habrá precio mínimo.

Octavo.—Tratándose de inmuebles, el adjudicatario podrá solicitar expresamente en el acto de la adjudicación el otorgamiento de escritura pública de venta de inmueble.

Noveno.—Cuando se trate de bienes inscribibles en registros públicos, los licitadores no tendrán derecho a exigir otros títulos de propiedad que los aportados en el expediente; dichos títulos estarán a disposición de los interesados en las oficinas de esta Dependencia de Recaudación, donde podrán ser examinados todos los días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio, hasta el día anterior al de subasta.

En caso de no estar inscritos los bienes en el Registro, el documento público de venta es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos en la legislación hipotecaria; en los demás casos en que sea preciso, podrá procederse como dispone el título VI de la Ley Hipotecaria para llevar a cabo la concordancia entre el Registro y la realidad jurídica.

Décimo.—El tipo de subasta no incluye los impuestos indirectos que gravan la transmisión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro correspondiente del mandamiento de cancelación de cargas posteriores, serán por cuenta del adjudicatario.

El adjudicatario exonera expresamente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.

Undécimo.—El procedimiento de apremio solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 165 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre).

Duodécimo.—También serán de aplicación las condiciones que se recogen en el anexo 2. En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto.

ANEXO 1

RELACIÓN DE BIENES A SUBASTAR

Subasta número: S2016R2886001003.

Lote único

Hipoteca constituida:

Fecha de otorgamiento: 11 de octubre de 2011.

Notario autorizante: Vigil de Quiñones Parga, Francisco Javier.

Número de protocolo: 262322011.

Tipo de subasta en primera licitación: 3.277.619,06.

Tramos: 2.000,00.

Depósito: 655.523,81.

Bien número 1

Tipo de bien: otros.

Tipo de derecho: pleno dominio.

Localización: pg. Tres Cantos, sin número, 28760 Tres Cantos (Madrid).

Registro número 1 de Colmenar Viejo, tomo 624, libro 159, folio 115, finca 9423, inscripción 1, referencia catastral 9753501VK3995S 0001 TL.

Descripción: urbana: parcela de terreno que forma parte del polígono denominado Tres Cantos y que está señalada con el número 14 del sector dos/uno/b del Plan Parcial. Tiene forma de polígono irregular. Superficie 5.018 metros cuadrados de acuerdo con la cédula y con los planos del Plan Parcial. Sobre esta parcela hay principalmente las instalaciones de una piscina cubierta. El edificio en el que se ubica la piscina consta de dos plantas sobre rasante con una superficie construida total de 2.000 metros cuadrados, aproximadamente. En la planta baja se encuentra la piscina y en la superior un restaurante con servicio complementario. La edificación ocupa 1.000 metros cuadrados, destinándose el resto de la parcela a zonas deportivas y verdes (polideportivo).

Información adicional:

Localización del bien: avenida de la Vega, sin número, Tres Cantos. Se ejecuta la inscripción 17, de fecha 27 de octubre de 2011 (fecha de otorgamiento 11 de octubre de 2011, protocolo 2632/2011), la inscripción 19, de fecha 5 de julio de 2012 (fecha otorgamiento 14 de junio de 2012, protocolo 1996/2012), y la inscripción 20, de fecha 2 de octubre de 2012 (fecha de otorgamiento escritura 26 de julio de 2012, protocolo 2567/2012), todas ellas a favor de la hacienda pública.

Valoración: 3.615.945,00 euros.

Cargas: importe total actualizado, 338.325,94 euros.

Carga número 1: por traslado, la sociedad compradora otorga a favor de la vendedora o ente que le sustituya un derecho de tanteo en virtud de escritura de 18 de mayo de 1989, ante el notario de Madrid, don José Machado Carpenter.

Carga número 2: condición resolutoria a favor de “Tres Cantos, Sociedad Anónima”, o entidad que la sustituya hoy “Nuevo Arpegio, Sociedad Anónima”, según inscripción 1 de la finca 25.083 de Colmenar Viejo. Importe pendiente de pago del precio de compraventa, a 14 de mayo de 2015, asciende a 141.066,58 euros.

Carga número 3: derecho de retracto a favor de “Tres Cantos, Sociedad Anónima”, o entidad que la sustituya hoy “Nuevo Arpegio, Sociedad Anónima”, en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento de la transmisión. Condiciones de la transmisión: ver información adicional.

Carga número 4: hipoteca insc. 10 a favor de “Banco Santander”, para responder de 800.000 euros de principal. A 20 de octubre de 2014, comunican que el capital pendiente es de 130.952,44 euros, constando cuotas impagadas por 66.306,92 euros.

Carga número 5: hipotecas inscripciones 11, 12, 13, 14 y 15, a favor de la AEAT. Estas hipotecas están canceladas económicamente, pendiente de cancelación registral.

Carga número 6: hipoteca inscripción 18, a favor de la AEAT, cancelada económicamente, pendiente de cancelación registral.

Condiciones de la transmisión. Información adicional:

a) Que en el mismo acto de la compra, la nueva compradora abone al contado el importe de la deuda vencida citada más arriba, que a la fecha actual asciende a 20.629,50 euros.

b) Que la nueva compradora se subrogue en la obligación de la compradora derivada del contrato de compraventa de pagar el precio aplazado pendiente que a esta fecha asciende a 120.437,08 euros, en cada uno de los vencimientos previstos a partir de octubre 2015, sumados principal e intereses, siempre que se garantice mediante aval bancario la deuda pendiente de vencimiento, a partir del vencimiento de octubre 2015.

c) Que la nueva compradora se subrogue, asimismo, en el resto de los derechos y obligaciones del adquirente derivados de la citada escritura de compraventa y, en especial, en los siguientes compromisos: explotación de la piscina durante cinco años, a contar desde la fecha de transmisión; cumplimiento con el establecimiento de unas tarifas de precios de la piscina cubierta, que no han de ser superiores a las de las piscinas cubiertas del municipio, y si son servicios que no existieran en el municipio, serán similares a las de municipios adyacentes; establecer conciertos con colegios y asociaciones públicos y privados, que sean precisos para la utilización de sus instalaciones por estos centros para entrenamientos, competiciones, demostraciones, etcétera.

d) Todo ello, con el mantenimiento del derecho de retracto pactado a favor de “Tres Cantos, Sociedad Anónima” (hoy “Nuevo Arpegio, Sociedad Anónima”), que podrá ejercitar por sí o cederlo a tercero.

ANEXO 2

OTRAS CONDICIONES

Subasta número: S2016R2886001003.

No existen otras circunstancias, cláusulas o condiciones que deban aplicarse en esta subasta.

Madrid, a 23 de octubre de 2015.—La jefa de la Dependencia Regional Adjunto de Recaudación, Carolina Martínez González.

(02/5.589/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.111.40.2: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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