Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 291

Fecha del Boletín 
08-12-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151208-12

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

12
Madrid número 14. Procedimiento ordinario 760 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 760 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Josefa García González, frente a “Complejo Asistencial Benito Menni”, Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús (provincia de Madrid), Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús H. Psiq. MJ, “Mapfre Vida, Sociedad Anónima”, “Promotora de Servicios Generales Proserge”, “Serunión Colectividades, Sociedad Limitada”, “Serunión, Sociedad Anónima”, “Servicios Industriales Reunidos, Sociedad Anónima”, “Servicios y Calidad Integral, Sociedad Limitada”, “Surne Seguros y Pensiones” y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 6 de noviembre de 2015.

Por presentado el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón. A la vista de su contenido, se tiene por ampliada la demanda contra Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús (provincia de Madrid), y “Complejo Asistencial Benito Menni”, a los que con traslado de copia de la demanda se citará para el acto de la vista señalado para la audiencia del día 24 de febrero de 2016, a las diez y diez horas, con advertencia de que habrán de concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse.

Notifíquese esta resolución a las partes, con traslado a todos los demandados de copia del escrito de ampliación.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Servicios y Calidad Integral, Sociedad Limitada”, y “Promotora de Servicios Generales Proserge”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.759/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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