Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151204-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

112
Madrid número 17. Procedimiento ordinario 81 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 81 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Fundación Laboral de la Construcción, frente a “Cimentaciones Imbernon, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia con fecha 27 de octubre de 2015, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la Fundación Laboral de la Construcción contra “Cimentaciones Imbernon, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la Fundación demandante 1.991,29 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe formular recurso de suplicación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cimentaciones Imbernon, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.440/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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