Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
03-12-2015

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151203-44

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Madrid. Sala de lo Social. Sección Primera. Procedimiento 631 de 2015

SALA DE LO SOCIAL

Sección Primera

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Carrasco Manzanares, letrada de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Primera de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el procedimiento número 631 de 2015 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de doña Carolina Ortiz López, frente al Fondo de Garantía Salarial, “Lisarb Nozarbc, Sociedad Limitada”, y don Alberto Cabedo Gutiérrez, sobre recurso de suplicación, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 855 de 2015

Ilustrísimos señores, don Juan Miguel Torres Andrés, don Ignacio Moreno González-Aller y doña María José Hernández Vitoria.—En Madrid, a 6 de noviembre de 2015.

Habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los ilustrísimos señores citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1978, en nombre de Su Majestad el Rey y por la autoridad que le confiere el pueblo español ha dictado la siguiente sentencia.

En el recurso de suplicación número 631 de 2015, formalizado por el letrado don Juan de Dios Escandell Estaute, en nombre y representación de doña Carolina Ortiz López, contra la sentencia de fecha 12 de marzo de 2015 dictada por el Juzgado de lo social número 9 de Madrid, en sus autos número 1.238 de 2014, seguidos a instancias de doña Carolina Ortiz López, frente a don Alberto Cabedo Gutiérrez y “Lisarb Nozarbc, Sociedad Limitada”, en reclamación de despido, siendo magistrada-ponente la ilustrísima señora doña María José Hernández Vitoria, y deduciéndose de las actuaciones habidas lo siguiente:

Fallamos

Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por doña Carolina Ortiz López contra la sentencia de fecha 12 de marzo de 2015 dictada por el Juzgado de lo social número 9 de Madrid, en sus autos número 1.238 de 2014, y confirmamos la sentencia de instancia. Sin costas.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lisarb Nozarbc, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.324/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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