Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
02-12-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151202-204

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2

204
Valladolid número 2. Procedimiento ordinario 405 de 2014

EDICTO

Don José Luis García Roig, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Valladolid.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 405 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Francia Urbón, contra las empresas “Parque Salesas, Sociedad Limitada”, “Explotaciones Madereras Catalanas, Sociedad Anónima”, y “Cortecillas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que desestimando la demanda formulada por don Juan José Francia Urbón, contra “Parque Salesas, Sociedad Limitada”, “Explotaciones Madereras Catalanas, Sociedad Anónima”, y “Cortecillas, Sociedad Limitada”, debo absolver y absuelvo a las codemandadas de los pedimentos contenidos en la demanda origen de este juicio.

Se previene a las partes que contra la presente sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, con sede en Valladolid, interponiéndose, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de la presente notificación según previene el artículo 194 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Si fuese la empresa la recurrente tendrá que exhibir al tiempo de anunciar el recurso resguardo acreditativo de haber depositado la cantidad objeto de la condena más 300 euros [artículo 229.1.a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social] en el “Banco Santander”, sucursal de la plaza de San Miguel, CI ES55/0049/3569/92/0005001274 y número de cuenta-expediente 4627000065/ 040514.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Parque Salesas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Valladolid, a 23 de octubre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.046/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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