Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
02-12-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151202-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

83
Madrid número 76. Procedimiento 142 de 2015

EDICTO

Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 142 de 2015, instados por doña Luz Divina Gallego Santos, frente a don Horacio Ricardo Padula, en los que se ha dictado sentencia en fecha 4 de noviembre de 2015, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando la demanda formulada, acuerdo la disolución del matrimonio formado por don Horacio Ricardo Padula y doña Luz Divina Gallego Santos, por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración, así como los siguientes pronunciamientos:

1.o Quedan revocados todos los consentimientos y poderes que hayan sido otorgados por los cónyuges entre sí, cesando, salvo pacto en contrario, la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

2.o Se declara disuelta la sociedad de gananciales.

No se hace especial pronunciamiento sobre costas procesales.

Firme que sea la presente resolución, comuníquese al Registro Civil donde consta inscrito el matrimonio de los cónyuges.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Se informa que, de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, reformada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, de la necesidad de constitución de depósito para interponer el mencionado recurso por importe de 50 euros, excepto en los casos que establezca la normativa especial sobre asistencia jurídica gratuita, debiendo ser ingresados en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado abierta en el “Banco Santander”, número 2103/0000/00/0142/15, bien mediante transferencia a la cuenta corriente número ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Observaciones” la cuenta previamente indicada, debiendo igualmente reseñar en el concepto del ingreso la clase y fecha de la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación de sentencia a la parte demandada don Horacio Ricardo Padula, que se encuentra en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto que se remite para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.056/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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