Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
02-12-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151202-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

80
Madrid número 22. Procedimiento 565 de 2014

EDICTO

Don Carlos Beltra Cabello, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid.

Da fe: Que, en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, modificación de medidas con relación a hijos no matrimoniales supuesto contencioso número 565 de 2014, instados por el procurador don Leandro Escandell Pérez en nombre y representación de doña Patricia Simón Iglesias, contra don Óscar Rubio Anguilucha Espinosa, en los que se ha dictado en fecha 3 de noviembre de 2015 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que con estimación de la demanda sobre modificación de las medidas, interpuesta por el procurador don Leandro Escandell Pérez, en nombre y representación de doña Patricia Simón Iglesias, contra don Óscar Rubio Anguilucha Espinosa, en rebeldía, debo declarar y declaro haber lugar a la misma, se autoriza a doña Patricia Simón Iglesias a fijar su domicilio junto a su hijo menor de edad en Cuba. Y sin expresa condena en costas.

Así por esta sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta número 2450/0000/35/0565/14 de esta oficina judicial de la “Cuenta general de depósitos y consignaciones” abierta en el “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguiente dígitos número 2450/0000/35/0565/14.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Óscar Rubio Anguilucha Espinosa, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesados en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.165/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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