Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
02-12-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151202-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

163
Madrid número 38. Procedimiento 907 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que, en el procedimiento número 907 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Lorenzo Martínez Sánchez, frente a “Epeis, Sociedad Anónima”, “Gnelec Montajes, Sociedad Limitada”, “GS Jimar Ingeniería, Sociedad Limitada”; “Instalaciones Eléctricas Mora, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Jogull, Sociedad Anónima”, la Mutua “Ibermutuamur”, la Mutua “MC Mutual”, “Mesuco Instalaciones, Sociedad Limitada”, Mutua “Fremap”, “Saes Ingenieros Madrid, Sociedad Anónima”, Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua “Asepeyo” y “Lesiuris Administración y Mediación, SLP”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

«Por presentado el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón. A la vista de su contenido, se tiene por ampliada la demanda contra Mutua “Fremap”, Mutua “Asepeyo”, Mutua “MC Mutual”, “Jogull, Sociedad Anónima”, y su administrador concursal “Lexiuris Administración y Mediación, SLP”, “Instalaciones Eléctricas Mora, Sociedad Limitada”, y “Gnelec Montajes, Sociedad Limitada”, a la que con traslado de copia de la demanda se citará para el acto de la vista señalado para la audiencia del día 20 de enero de 2016, a las diez y veinte horas, con advertencia de que habrá de concurrir con los medios de prueba de que intente valerse.

Notifíquese esta resolución a las partes, con traslado a todos los demandados de copia del escrito de ampliación...».

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Epeis, Sociedad Anónima” y “Saes Ingenieros Madrid, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.111/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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