Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
25-11-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151125-183

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LLEIDA NÚMERO 1

183
Lleida número 1. Procedimiento 545 de 2013

EDICTO

Por la presente cédula de citación dictada en méritos de resolución de fecha 6 de noviembre de 2015 en autos tramitados por este Juzgado de lo social, a instancias de don Jordi Male Oriola, contra “Racionalización y Manufacturas Forestales, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial, “Serradora Boix, Sociedad Limitada”, “Aserraderos de Cuéllar”, “Tecnologías del Medio Ambiente” (TECMASA), “Tableros y Aglomerados” (TAIBER), “Tableros de Fibras” (TAFIBER), “Tableros Tradema, Sociedad Limitada”, “Tableros Aglomerados y Fibras” (TAFIBRA) y “Grupo Sonae Industria SGPS, Sociedad Anónima” (TAFISA), en reclamación de despido, seguidos con el número 545 de 2013, se citan a las mencionadas empresas “Tableros Aglomerados y Fibras” (TAFIBRA) y “Grupo Sonae Industria SGPS, Sociedad Anónima” (TAFISA), de ignorado paradero, para que comparezcan ante la Sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 21 de enero de 2016, a las once horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, al de juicio, que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante el secretario judicial y el segundo ante el magistrado-juez, advirtiéndoles que deberán concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse y que la incomparecencia injustificada de las demandadas no impedirán la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía y pudiendo ser tenidas por conforme con los hechos de la demanda.

Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta oficina judicial, salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

En Ávila.—El letrado de la Administración de Justicia de refuerzo (firmado).

(03/33.213/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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