Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
23-11-2015

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151123-30

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

30
Colmenar Viejo. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal

Se hace constar, para el general conocimiento, que el Pleno Municipal, en su sesión celebrada el 6 de noviembre de 2015, acordó la aprobación provisional de modificar la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos, en su artículo 8, tarifa, suprimiéndose la siguiente: certificados acreditativos de empadronamiento, 1 euro.

Los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas con sujeción a las reglas que se indican a continuación:

A. Plazo de información pública y audiencia, así como de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio.

B. Oficina de presentación: Ayuntamiento.

C. Órgano ante el que se reclama: Pleno Municipal.

Esta aprobación se elevará automáticamente a definitiva si durante el plazo de información pública no se presentasen reclamaciones.

Colmenar Viejo, a 10 de noviembre de 2015.—El primer teniente de alcalde, Jorge García Díaz.

(03/32.809/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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