Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
20-11-2015

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151120-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Presupuesto general 2016

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 122.5.d) de la LRBRL y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, se hace público para general conocimiento que, a iniciativa de la Junta de Gobierno Local, el Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en sesión de 19 de noviembre de 2015, aprobó inicialmente, sometiéndolo a información pública y dándole el trámite del artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el presupuesto general y la plantilla para el año 2016.

El referido acuerdo constituye un acto de trámite respecto del cual los interesados del artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, ante el Pleno, en el plazo de quince días a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado este anuncio, entendiéndose definitivamente aprobado el acuerdo hasta entonces provisional si en el referido período de exposición pública no se hubieran presentado reclamaciones. De presentarse, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas y se insertará resumido por capítulos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Pozuelo de Alarcón, a 19 de noviembre de 2015.—La secretaria general del Pleno [resolución de 16 de septiembre de 1999; “Boletín Oficial del Estado” número 232, de 28 de septiembre de 1999, y disposición adicional quinta.a) de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre], Elvira M. C. García García.

(03/33.867/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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