Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
20-11-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151120-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

118
Madrid número 16. Procedimiento ordinario 253 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 253 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Israel Cruz Lorente, frente a la administración concursal de la Dilja Hostelería, Sociedad Limitada”, “Chanmay Ocio y Espectáculo, Sociedad Limitada”, y “Dilja Hostelería, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Por presentado el anterior oficio del Juzgado de lo mercantil número 5 de Madrid, únase a los autos de su razón. A la vista de su contenido, se tiene por ampliada la demanda contra la administración concursal de “Dilja Hostelería, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, a los que con traslado de copia de la demanda, se citará para el acto de la vista señalado para la audiencia del día 27 de noviembre de 2015, a las diez y veinticinco horas, con la advertencia de que habrán de concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse.

Notifíquese esta resolución a las partes, con traslado a todos los demandados de copia del escrito de ampliación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Chanmay Ocio y Espectáculo, Sociedad Limitada”, y “Dilja Hostelería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.779/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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