Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
19-11-2015

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151119-40

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Brunete. Organización y funcionamiento. Dedicación miembros de la Corporación

El Pleno del Ayuntamiento de Brunete, en sesión celebrada el 6 de julio de 2015, acordó aprobar la propuesta de Alcaldía sobre régimen de dedicación de los miembros de la Corporación y asignación de retribuciones que se transcribe a continuación:

«PROPUESTA DE ALCALDÍA

Celebradas las elecciones municipales con fecha 24 de mayo de 2015, y constituida la nueva Corporación el día 13 de junio, y con objeto de llevar a cabo una reestructuración de las distintas áreas municipales, y desconcentrar los distintos servicios del Ayuntamiento, mediante decreto de Alcaldía de 15 de junio de 2015, se han llevado a cabo la delegación de competencias en los concejales del nuevo Equipo de Gobierno y mediante decreto de 29 de junio de 2015, se ha procedido al nombramiento de los tenientes de alcalde.

Siendo necesario determinar la relación de cargos de la Corporación con dedicación retribuida, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 75 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 13 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:

— Alcaldía, don Borja Gutiérrez Iglesias:

• Retribución bruta: 37.920 euros anuales.

• Dedicación exclusiva.

— Primera tenencia de Alcaldía, doña María del Mar Nicolás Robledano:

• Retribución bruta: 31.920 euros anuales.

• Dedicación exclusiva.

— Segunda tenencia de Alcaldía, don Manuel Pradillo López:

• Retribución bruta: 31.920 euros anuales.

• Dedicación exclusiva.

— Tercera tenencia de Alcaldía, doña Ana Cristina Gil Guerra:

• Retribución bruta: 31.920 euros anuales.

• Dedicación exclusiva.

— Cuarta tenencia de Alcaldía, don José Vicente la Cave Rupérez:

• Retribución bruta: 18.000 euros anuales.

• Dedicación parcial: 30 horas semanales.

— El concejal don Eduardo Recio Álvarez:

• Retribución bruta: 18.000 euros anuales.

• Dedicación parcial: 30 horas semanales.

— Concejalas doña María Teresa Morán Uceda y doña María Soledad López-Varela Celdrán:

• Retribución bruta: 16.500 euros anuales.

• Dedicación parcial: 20 horas semanales.

— Concejalas doña Elena Calderón Rodríguez y doña Milagros Calatayud Paz:

• Retribución bruta: 10.000 euros anuales.

• Dedicación parcial: 15 horas semanales.

Estas cuantías serán incrementadas según lo previsto en las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado en igual porcentaje que el establecido para el personal al servicio de la Administración.

El alcalde y los concejales que perciban retribución económica por el ejercicio de sus cargos, conforme a la relación antes dispuesta, no percibirán retribución alguna por asistencia a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte.

A los efectos de lo anteriormente dispuesto, los titulares de los cargos con dedicación deberán acepar expresamente por escrito este régimen, circunstancia de la que darán cuenta al Pleno en la siguiente sesión ordinaria.

Primero.—Dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social a los titulares de los cargos afectados, con fecha de efectos del día siguiente a la adopción del presente acuerdo, según los términos y las modalidades previstas en la legislación vigente.

Segundo.—Fijar la cuantía de la asignación económica a concejales por asistencia a órganos colegiados como se detalla seguidamente:

— Asistencia a Plenos: 40,00 euros por sesión, hasta un límite máximo de seis sesiones/año.

— Asistencia a comisiones informativas: 20 euros por sesión, hasta un límite máximo de seis sesiones/año.

Tercero.—Proceder por los servicios de Intervención Municipales a realizar, en su caso, si fuera necesario, la correspondiente modificación presupuestaria para la consignación de crédito suficiente en el actual estado de gastos de los presupuestos, con el fin de otorgar pleno efectividad a este acuerdo.

Cuarto.—Proceder a publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos oportunos.

Brunete, a 1 de julio de 2015.—El alcalde-presidente, Borja Gutiérrez Iglesias».

Brunete, a 30 de octubre de 2015.—El alcalde, Borja Gutiérrez Iglesias.

(03/32.497/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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