Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
18-11-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151118-179

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALGECIRAS NÚMERO 1

179
Algeciras número 1. Ejecución 269 de 2014

EDICTO

Doña Sonia Campaña Salas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social único de Algeciras.

Hace saber: Que en los autos de ejecución número 269 de 2014 seguidos en este Juzgado, a instancias de doña Milagros García Lobo, contra “Lajavi Inversiones, Sociedad Limitada”, y “Transatlántica Naviera, Sociedad Anónima”, sobre cantidad, se ha dictado decreto con esta misma fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada “Transportes Entrambasaguas, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total, con carácter provisional, por importe de 27.411,97 euros en concepto de principal, más 8.223 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Continúese la presente ejecución frente a las ejecutadas “Transatlántica Naviera, Sociedad Anónima”, y “Lajavi Inversiones, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal números A-8381582 y B-84853993, respectivamente, y habiendo resultado infructuosas las gestiones realizadas para el embargo de bienes de las mismas, de conformidad con lo establecido en el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, dese traslado a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial para que dentro del plazo de quince días pueden designar nuevos bienes, apercibiéndoles que transcurrido el plazo concedido, sin interesar la práctica de nuevas diligencias, se procederá a declarar en insolvencia provisional las citadas empresas.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así lo dispongo y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a las demandadas “Lajavi Inversiones, Sociedad Limitada”, y “Transatlántica Naviera, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a 22 de octubre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.193/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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