Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
18-11-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151118-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

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Madrid número 85. Procedimiento 195 de 2012

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid.

Hago saber: Que en dicho Juzgado y bajo el número 195 de 2012, se tramita el procedimiento de divorcio contencioso, en el que con fecha 10 de septiembre de 2012, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 403 de 2012

En Madrid, a 10 de septiembre de 2012.—La ilustrísima señora doña María Serantes Gómez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 195 de 2012, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, y como demandante, doña Xazviera Rodríguez Quintero, con procurador don Juan Pedro Marcos Moreno y don Marcelo Calero Recalde, y de otra, como demandado, don Carlos Muñoz Cardona, declarado en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador don Juan Pedro Marcos Moreno, en nombre y representación de doña Xazviera Rodríguez Quintero, frente a don Carlos Muñoz Cardona, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges don Carlos Muñoz Cardona y doña Xazviera Rodríguez Quintero, celebrado el día 18 de marzo de 2008 ante el Consulado de España en Bogotá, con los efectos legales inherentes a tal situación.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía del demandado, notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente, haciendo saber a las partes que si presentaran escrito anunciando su intención de interponer recurso de apelación deberán acreditar al tiempo de hacer su anuncio haber depositado el importe de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, al número de cuenta 3459/0000/00/0195/12, como requisito de procedibilidad.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido don Carlos Muñoz Cardona, expido el presente en Madrid, a 11 de septiembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/5.580/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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