Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
17-11-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151117-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

119
Madrid número 16. Procedimiento ordinario 15 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 15 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel García Frías, frente a doña María Francisca Concepción Solano, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora don Miguel Ángel García Frías, frente a la demandada doña María Francisca Concepción Solano, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresaria demandada a que abone al trabajador la cantidad de 4.667,84 euros por los conceptos expresados, incrementado en un 10 por 100 los de naturaleza salarial.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Francisca Concepción Solano, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 20 de octubre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.082/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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