Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
17-11-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151117-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

95
Madrid número 10. Ejecución 100 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 100 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio Galán Rodríguez, frente a “Desarrollos Empresariales Genil, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 19 de octubre de 2015.

Parte dispositiva:

Acuerdo estimar la solicitud de aclaración del auto de fecha 6 de octubre de 2015 en el sentido siguiente:

En el antecedente de hecho primero, donde dice: “Desarrollos Industriales Genil, Sociedad Limitada”, debe decir: “Desarrollos Empresariales Genil, Sociedad Limitada”.

En la parte dispositiva, donde dice: «declaro la extinción de la relación laboral existente entre el trabajador don Daniel Montoro García y la empresa “Caldeval, Sociedad Limitada”»; debe decir: «declaro la extinción de la relación laboral existente entre el trabajador don Julio Galán Rodríguez y la empresa “Desarrollos Empresariales Genil, Sociedad Limitada”»; y donde dice la indemnización: “3.784,00 euros”, debe decir: “10.773,00 euros”.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Segura Rodríguez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Desarrollos Empresariales Genil, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.098/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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