Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
17-11-2015

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151117-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Morata de Tajuña. Organización y funcionamiento. Modificación ordenanza ficheros carácter personal

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 2015, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal de ficheros de carácter personal del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, aprobando la creación y registro del fichero de “Videovigilancia”. Publicado anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 197, de 20 de agosto de 2015, durante el período de información pública por plazo de treinta días, no se han presentado reclamaciones, por todo lo cual se hace público el contenido íntegro de la citada modificación:

Fichero: VIDEOVIGILANCIA.

1. Nombre y descripción del fichero: VIDEOVIGILANCIA.

2. Finalidad del fichero: grabación y tratamiento automatizado de imágenes captadas en la Policía Local y en los edificios del Ayuntamiento con el fin de garantizar la vigilancia, control y el correcto uso de las instalaciones.

3. Usos previstos: realización de labores de seguridad y vigilancia en las dependencias de la Policía Local y de los edificios del Ayuntamiento.

4. Origen de los datos y procedimiento de recogida: los datos registrados son recogidos por cámaras de videovigilancia mediante la captura de imágenes, previo cumplimiento del deber de información previsto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

5. Personas o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suministrarlos: personas físicas que accedan o transiten por las instalaciones de la Policía Local y de los edificios del Ayuntamiento.

6. Estructura básica del fichero y tipo de datos de carácter personal incluidos en el mismo: fichero automatizado de imágenes en movimiento de las personas y vehículos obtenidas a través de las cámaras de video vigilancia.

7. Cesiones de datos de carácter personal previstas: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Órganos Judiciales.

8. Transferencias internacionales de datos previstas a terceros países: no se prevén.

9. Órganos administrativos responsables del fichero: Ayuntamiento de Morata de Tajuña.

10. Servicios administrativos ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Ayuntamiento de Morata de Tajuña. Plaza Mayor, número 1, 28530 Morata de Tajuña (aytomorata@ayuntamientodemorata.com).

11. Medidas de seguridad: nivel básico.

Morata de Tajuña, a 2 de noviembre de 2015.—El alcalde, Ángel M. Sánchez Sacristán.

(03/31.912/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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