Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
16-11-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151116-164

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

164
Madrid número 33. Ejecución 154 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 154 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Aurora Baz Casanueva, frente a “Valmoral, Gestión y Servicios para Inmuebles y Fincas, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 10.241,52 euros de principal, 614 euros de intereses y 1.024 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Valmoral, Gestión y Servicios para Inmuebles y Fincas, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2806/0000/64/0154/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Valmoral, Gestión y Servicios para Inmuebles y Fincas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 15 de octubre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.967/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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