Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
11-11-2015

Sección 3.10.20O: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151111-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE OLMEDA DE LAS FUENTES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Olmeda de las Fuentes. Régimen económico. Contribuciones especiales

Por acuerdo del Pleno de 30 de septiembre de 2015, se acordó definitivamente la imposición y ordenación de las contribuciones especiales para financiar obras de pavimentación de la calle Sol en el tramo comprendido por esta actuación, esto es, desde la calle número 37 al número 43 por lado impares y calle Sol, números 12 y 14 por lado pares, con desestimación expresa de las alegaciones presentadas en el expediente, cuyo texto se hace público en cumplimiento del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

— El coste previsto de obras de pavimentación de la calle Sol se fija en 16.933,65 euros.

— Fijar la cantidad a repartir entre los beneficiarios en un total de 15.240,28 euros, equivalente al 90 por 100 del coste soportado. El coste total presupuestado de la obra tendrá carácter de mera previsión. Si el coste real fuese mayor o menor que el previsto, se tomará aquel a efectos del cálculo de las cuotas correspondientes.

— Aplicar conjuntamente el módulo de reparto:

a) Metros lineales de fachada del inmueble: 50 por 100.

b) Superficie: 50 por 100.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Olmeda de las Fuentes, a 8 de octubre de 2015.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Alonso Juliá.

(03/30.259/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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