Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
11-11-2015

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151111-125

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

125
Móstoles número 1. Procedimiento ordinario 350 de 2015 M(R)

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 350 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eugenio Sánchez Jiménez, don José Luis González Teijido, don José Luis Nuevo Esteban y don Juan Antonio Nuevo Marín, frente al administrador concursal don Luis Castro Viñas y “Hernuema, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Móstoles, a 8 de octubre de 2015.

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 8 de octubre de 2015, en los términos siguientes:

Acta de conciliación

En Móstoles, a 8 de octubre de 2015.—Siendo el día y la hora señaladas para la celebración del intento de conciliación previo al juicio oral, ante mí, la secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado, del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, comparecen: como demandantes, don José Luis González Teijido, con documento nacional de identidad número 52097188-A; don José Luis Nuevo Esteban, con documento nacional de identidad número 11701100-B; don Eugenio Sánchez Jiménez, con documento nacional de identidad número 70634371-Z, y don Juan Antonio Nuevo Marín, con documento nacional de identidad número 20264217-K, asistidos de la letrada doña Míriam Talavera Vega, con número de colegiada 80.253, y como demandada, “Hernuema, Sociedad Limitada”, que no comparece constando su citación en forma, ni el Fondo de Garantía Salarial.

Comparece don Luis Castro Viñas, con documento nacional de identidad número 50826081-Z, en calidad de administrador concursal según consta en la credencial de fecha 30 de marzo de 2015 del Juzgado de lo mercantil número 3, en el concurso abreviado número 178 de 2015, que exhibe y retira en este acto.

Iniciado el acto, se advierte a las partes de sus respectivos derechos y obligaciones, exhortándoles para que lleguen a un acuerdo amistoso que se obtiene en los siguientes términos:

La administración concursal reconoce:

A don José Luis Nuevo Esteban: las nóminas desde noviembre de 2014 a febrero de 2015, más el finiquito e indemnización, haciendo un total bruto de 32.604,44 euros y neto supondría una cantidad de 30.094,69 euros.

A don Juan Antonio Nuevo Marín: las nóminas desde noviembre de 2014 a febrero de 2015, más el finiquito e indemnización, haciendo un total bruto de 6.045,21 euros y neto supondría una cantidad de 5.417,06 euros.

A don José Luis González Tejido: las nóminas desde noviembre de 2014 a febrero de 2015, paga extra de Navidad, paga extra de verano y finiquito e indemnización, haciendo un total bruto de 20.292,19 euros y neto supondría una cantidad de 19.518,24 euros, haciendo constar que de dicha cantidad ya han sido abonados 872,32 euros netos.

A don Eugenio Sánchez Jiménez: las nóminas desde noviembre de 2014 a febrero de 2015, paga extra de Navidad y verano, más el finiquito e indemnización, haciendo un total bruto de 2.998,78 euros y neto supondría una cantidad de 2.945,30 euros, haciendo constar que de dicha cantidad ya han sido abonados 142,32 euros netos.

Las cantidades reconocidas serán abonadas conforme a lo establecido en la Ley Concursal.

Los trabajadores aceptan.

Su señoría, la secretaria judicial, aprueba la avenencia alcanzada por las partes, dando por concluido el acto, y procede a continuación a dictar el decreto de aprobación, extendiéndose la presente acta que firman los asistentes, de lo que doy fe.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2850/0000/60/0350/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hernuema, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 8 de octubre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.716/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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