Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
11-11-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151111-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 31

67
Madrid número 31. Procedimiento 1.095 de 2014

EDICTO

Doña Natalia Hermoso de Mena, secretaria del Juzgado de primera instancia número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se ha dictado sentencia con el siguiente encabezamiento y fallo:

En Madrid, a 1 de septiembre de 2015.—La ilustrísima señora doña Sonia Alicia Chirinos Rivera, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 31 de Madrid, habiendo visto y oído el expediente de liberación de gravámenes número 1.095 de 2014, instado por la procuradora doña Berta Rodríguez-Curiel Espinosa, en representación de doña Celia María Sanjuan Boville, contra la titular de la carga doña Soledad Pujol Teteforte.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Berta Rodríguez-Curiel Espinosa, en nombre y representación de doña Celia María Sanjuan Boville, mayor de edad, casada con don Pedro Leblic Amorós, vecina de Pozuelo de Alarcón (Madrid), con domicilio en la avenida de Pablo VI, número 4, primero C, y con número de identificación fiscal 51063829-B, debo acordar y acuerdo la cancelación de la carga o gravamen consistente en un censo redimible de 31.054 reales y 81 centímos de principal, o sea, 7.763 pesetas y 70 céntimos y cuartillo, con réditos al 3 por 100 al año, a favor de doña Soledad Pujol Teteforte, por disolución de sociedad, en virtud de la escritura otorgada en Madrid, el día 19 de diciembre de 1927, ante el notario don Alejandro Arizcún y Moreno, según resulta de la inscripción decimosexta de la finca matriz número 895, al folio 235 del tomo 165 de fecha 20 de noviembre de 1930, que grava la finca registral número 42.632 del Registro de la Propiedad número 4 de Madrid, sin perjuicio del derecho de los afectados por la cancelación para defender su crédito en el procedimiento declarativo correspondiente.

No se hace pronunciamiento alguno en materia de costas.

Firme esta sentencia expídase testimonio de la misma y entréguese al solicitante para que le sirva de título para la cancelación.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta número 2459/0000/00/1095/14 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaría, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 31 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos número 2459/0000/00/1095/14 (sin guiones ni espacios).

Así por esta mi sentencia, cuyo encabezamiento y fallo se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se fijará en el tablón de anuncios del excelentísimo Ayuntamiento de Madrid y de este Juzgado, y de la que se llevará testimonio a los autos originales, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Fue leída y publicada la anterior resolución por la ilustrísima magistrada-juez de primera instancia que la dictó celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Soledad Pujol Teteforte, en ignorado paradero, y/o a sus ignorados herederos o causahabientes, expido y firmo el presente.

Dado en Madrid, a 1 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/5.432/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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