Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
10-11-2015

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151110-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

48
Brunete. Régimen económico. Ordenanza fiscal, gestión, recaudación e inspección

En el Ayuntamiento de Brunete, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido por la Ley de Haciendas Locales, se encuentra al público el acuerdo provisional que a continuación se relaciona, adoptado por la Corporación en Pleno extraordinario celebrado el día 5 de noviembre de 2015.

Aprobar la ordenanza fiscal siguiente:

1.o Ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección.

Aprobar la modificación de las ordenanzas fiscales siguientes:

1.o Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

2.o Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de construcciones, instalaciones y obras.

3.o Ordenanza fiscal reguladora de recogida domiciliaria de basuras, envases y residuos sólidos urbanos.

4.o Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

5.o Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Los interesados legítimos a los que hace referencia el artículo 18 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrán examinar el referido expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las siguientes reglas:

a) Plazo de información pública y audiencia, así como presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

c) Organismo ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.

En el supuesto de que no se presenten reclamaciones en el plazo de información pública, se entenderá definitivamente adoptado este acuerdo.

Brunete, a 6 de noviembre de 2015.—El alcalde, Borja Gutiérrez Iglesias.

(03/32.415/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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