Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
07-11-2015

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151107-39

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

39
Móstoles número 1. Procedimiento 148 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 148 de 2014-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Jennifer Maturana, frente a “Ana, Ruth y Paloma, Sociedad Limitada”, y “BP España, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente diligencia de ordenación:

Por recibidos los presentes autos procedentes de la Sala Cuarta de lo social del Tribunal Superior de Justicia, con testimonio de la resolución recaída, acúsese recibo, y habiéndose condenado a la empresa a la pérdida del depósito efectuado en su día para recurrir, ingrésese su importe en el Tesoro Público (artículo 229.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). En cuanto a la cantidad objeto de condena que obra consignada, hágase entrega de la misma a la parte demandante una vez sea firme esta resolución.

Únase la pieza separada de ejecución provisional número 14 de 2015, a los efectos oportunos.

Asimismo se requiere a la parte demandada a fin de que en el plazo de cinco días ingrese 150 euros en concepto de honorarios del letrado impugnante, en el número de cuenta 2850/0000/60/014814.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ana, Ruth y Paloma, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 2 de octubre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.285/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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